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Área de práctica

Derecho civil

Casi todo conflicto civil parte por un acuerdo que una de las partes no cumplió. La primera pregunta no es cuánto le deben: es qué puede probar y con qué documento. De ahí sale la estrategia.

Qué hago en derecho civil

  • Cumplimiento de contrato

    Exigir que la otra parte cumpla, o poner término al contrato con indemnización de perjuicios.

  • Cobranza judicial

    Cobro de cheques, pagarés, facturas y letras. Juicio ejecutivo cuando hay título y ordinario cuando hay que construirlo.

  • Arriendos

    Término de contrato, restitución del inmueble, cobro de rentas impagas y juicio de precario contra el ocupante sin título.

  • Indemnización de perjuicios

    Daños por incumplimiento contractual o por hecho ilícito, incluido el daño moral cuando corresponde.

  • Redacción y revisión de contratos

    Compraventas, arriendos, prestación de servicios, sociedades y mandatos. Es más barato redactarlo bien que litigarlo después.

  • Sucesiones

    Posesión efectiva, partición de bienes y liquidación de comunidades hereditarias.

Preguntas frecuentes

Me deben plata y solo tengo conversaciones de WhatsApp. ¿Sirve?

Puede servir. Los mensajes son prueba y muchas veces son la prueba que ordena el caso, sobre todo cuando hay reconocimiento de la deuda. Es más débil que un pagaré o una factura, así que la estrategia cambia, pero no es un caso perdido. Tráigalos a la consulta.

¿Cuánto demora un juicio civil?

Un juicio ejecutivo con título claro puede resolverse en meses. Un juicio ordinario con prueba discutida suele tomar uno o dos años, y más si hay recursos. Le doy el plazo realista en la primera reunión y evaluamos si conviene negociar.

El arrendatario no paga y no se va. ¿Qué hago?

No corte servicios ni cambie la chapa: eso lo pone a usted en infracción. El camino es la demanda de término de contrato por no pago con restitución del inmueble, y en paralelo el cobro de las rentas. Lo primero que revisamos es el contrato y cómo se notificó.

¿Necesito ir a la notaría para firmar un contrato?

En la mayoría de los casos no. Un arriendo o una prestación de servicios valen firmados entre las partes, y con firma electrónica avanzada tienen el mismo valor probatorio que un instrumento público. La notaría sigue siendo obligatoria en compraventas de inmuebles y en algunas sociedades.

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No incluya documentos ni datos sensibles en este formulario. Eso lo vemos en la consulta.

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